Revisión del Plan General
El vigente Plan General es consecuencia de un proceso continuado de redacción y gestión de planeamiento iniciado en 1984 con el primer Plan General. Después de una permanencia de, aproximadamente, de los cuadrienios fue substituído por la primera Revisión aprobada por el Ayuntamiento en el Pleno del 5 de Mayo de 1997 (DOG nº 142, del 24 de Julio de 1997).
Este documento fue substituido con el aprobado con la Orden de 11.03.09 de la C.P.T.O.P.T.
En los siguientes apartados puede usted consultar la Normativa y documentación gráfica del Nuevo Plan General que constituye el tercer planeamiento de Oleiros.
Este es ya el tercer Plan General de ordenación del Ayuntamiento de Oleiros desde la implantación de la democracia en España.
Hay cuatro aspectos que, no siendo novedosos, fueron considerados importantes por la Corporación:
- El análisis del sistema de comunicaciones y la accesibilidad en general.
- La adaptación de las determinaciones del planeamiento al nuevo marco legislativo.
- La revisión de los hechos urbanos existentes.
- La revisión de la normativa urbanística del Plan y la emergencia de nuevas dotaciones.
El Ayuntamiento Pleno en sesión del 31 de Mayo de 2005 acordó proceder a la aprobación inicial del documento de la revisión.
Tras su aprobación provisional en una sesión plenaria realizada el pasado 16 de Mayo de 2006 en la Casa Charry, el Gobierno municipal adoptó el acuerdo de exponer durante quince días, en la web institucional así como en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial, las resoluciones de las 1.278 alegaciones presentadas para conocimiento público de todas las personas afectadas e interesadas.
Con fecha del 1 de Junio de 2006 se entrega el documento en la Xunta de Galicia para que, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 9/2002 de ordenación urbanística, se apruebe definitivamente.
La Consellería de política Territorial por Orden del 14 de Marzo de 2007 impone la necesidad de hacer una serie de correcciones y ajustes con carácter previo a la Aprobación definitiva.
Con fecha 2 de Diciembre de 2008 el Ayuntamiento en Pleno aprueba el documento de cumplimentación de la Orden del 14 de Marzo de 2007 de la C.P.T.O.P.T.
Por Orden de 11.03.09 de la C.P.T.O.P.T. se aprueba definitivamente y parcialmente el documento (ver zonas afectadas por servidumbres y afecciones aeronáuticas).
Con fecha 28 de abril de 2014 el Ayuntamiento en Pleno aprueba el “Documento de cumplimentación de la Orden del 11 de Marzo de 2009 de la C.P.T.O.P.T.” completando así el planeamiento general para todo Término Municipal.
Este documento se remite a la Xunta de Galicia para que proceda a su aprobación definitiva.
Con fecha 9 de julio de 2014 el Concello Pleno acordó adaptar el Plan General a la Ley 8/2012 de Vivienda de Galicia en cuanto a los porcentajes de vivienda sometida a algún régimen de Protección, rebajando la reserva media del Concello (PRTC) al 10%. Esta rebaja de porcentaje, se repite en marzo de 2020, como se detalla más adelante.
ORDEN DE 11 DE DICIEMBRE DE 2014 SOBRE LA APROBACIÓN DEFINITIVA DEL PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN MUNICIPAL. para ver la Orden- pinche aquí -
ACUERDO EN RELACIÓN AL DOCUMENTO REFUNDIDO.
El Concello Pleno en sesión de 29.01.2014 adoptó el siguiente Acuerdo:
Primero.- Tomar conocimiento del contenido de la Orden de 11.12.2014, sobre aprobación definitiva del PLAN GENERAL DE ORDENACIÓN MUNICIPAL DEL AYUNTAMIENTO DE OLEIROS.
DOG Nº16 de 26 de enero de 2015, para verlo - pinche aquí -
BOP Nº29 de 12 de febrero de 2015, para verlo - pinche aquí -
En los siguientes apartados puede escoger entre:
- Consultar los textos de la Memoria de ordenación, Normativa Urbanística, Estudio Económico Financiero y Anexo de Catálogo.
- Consultar los planos de estructura general, ordenación, gestión, servicios, catálogo y servidumbres aeronáuticas.
ADAPTACIÓN DE LOS PORCENTAJES DE VIVIENDA SOMETIDA A ALGUN TIPO DE PROTECCION.
A la vista de la Resolución del Instituto Galego da Vivenda e Solo de 25 de marzo de 2025 (DOG nº 69, de 9 de abril), por la que se fija para el Ayuntamiento de Oleiros un porcentaje de reserva de suelo para vivienda protegida del 8,10 %, resulta obligatoria la adaptación de las reservas previstas en el @planeamento la esta nueva determinación autonómica.
Este deber deriva del previsto en el artículo 42.9 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero , del suelo de Galicia, y en el artículo 77 de su Reglamento, aprobado por el Decreto 143/2016.
Con fecha 30 de abril de 2025 el Ayuntamiento Pleno acordó, adaptarlo Plan General a la Ley 8/2012 de Vivienda de Galicia en cuanto a los porcentajes de vivienda sometida la algún régimen de Protección, rebajando la reserva media del Ayuntamiento (PRTC) al 8,10%.
Para ver el certificado del Acuerdo - pinche aquí -.
Para ver la publicación en el BOP de 14.05.2025, -pinche aquí-.
Para ver la publicación en el DOG de 13.06.2025, -pinche aquí-.