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Desde Octubre 2010
Oleiros, 26 de febrero de 2014-. La Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia ha ratificado la resolución del Gobierno local de Oleiros por la que sancionaba a un agente de la policía local con la separación del servicio por la comisión de una infracción catalogada como «muy grave» en la Ley de Coordinación de policías locales de Galicia. El agente fue condenado en 2010 por el Juzgado de lo Penal nº5 de A Coruña por un delito de lesiones psíquicas infringidas a un compañero. A raíz de estos hechos fue cuando el Ayuntamiento abrió dicho expediente de separación del servicio.
En la desestimación del recurso, el magistrado resalta que la sanción es «una automática consecuencia de la condena penal referida por una conducta muy grave, que produjo un enorme demérito al prestigio de la institución de la que al autor formaba parte y con clara afectación al servicio desarrollado». La argumentación concluye que «la conducta sancionar entraña un plus de gravedad que justifica el alcance de la sanción impuesta». El tribunal, además de confirmar la sentencia apelada, impone las costas procesales causadas a la parte recurrente.