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Oleiros, 27 de septiembre de 2012-. Respuesta al comunicado de la APM publicado en diversos medios de comunicación el pasado día 26 de setiembre en relación con las críticas  realizadas por Ángel García Seoane contra la magistrada-juez titular del juzgado de instrucción num. 5 con ocasión de las diligencias de instrucción que se siguen contra él por un presunto delito de negociaciones prohibidas para funcionario público.


1.- Las declaraciones realizadas por el Alcalde del Ayuntamiento de Oleiros en relación con la situación de estas diligencias son el ejercicio de un derecho de crítica que todos los ciudadanos tienen frente a los poderes públicos, también contra los jueces. Es evidente mi discrepancia en este punto con una asociación que ha manifestado su amparo a la actuación de la magistrada sin conocer, presumo en su integridad, hechos constatables que son determinantes en este caso.

2.- El fundamento de las críticas realizadas está perfectamente documentado, y su resumen es el siguiente:

A/ Estamos ante una instrucción iniciada hace seis años a instancias del Ministerio Fiscal en la que se dictó hace tres años un auto denegando pruebas solicitadas por la acusación popular, por considerarla la citada magistrada innecesarias para el fin de la instrucción. Dicho auto fue confirmado plenamente en sentencia dictada por la Audiencia Provincial en recurso de apelación que la acusación popular interpuso en su día.

B/ A pesar de ese aval que le daba la Audiencia Provincial, al devolver las actuaciones al juzgado la citada magistrada decidió sorpresivamente practicar nuevas pruebas que se tradujeron en el artificial mantenimiento de mi condición de imputado por otro año más. Dichas diligencias consistían en requerir a la Xunta para que remitiera el PGOM de Oleiros que ya había sido aportado parcialmente por el Ayuntamiento y que además es de acceso público por estar colgado en la Red.

C/ En las diligencias constan dos informes del ministerio fiscal, que era quien había presentado la denuncia, solicitando el archivo por no encontrar indicios de delito. Únicamente es la acusación popular, el Partido Popular, quien mantiene la acusación.

D/ En paralelo a estas incidencias judiciales la citada magistrada fue objeto de diligencias administrativas de investigación por la comisión de una infracción urbanística consistente en la realización de obras de ampliación de una vivienda sin la preceptiva licencia municipal y que, en principio, no eran legalizables, aunque posteriormente se archivaron por razón de haber procedido a la regularización mediante la ampliación de la superficie de su parcela previa compra de una finca a un colindante. El malestar que causó dicha actuación municipal a la magistrada fue públicamente mostrado por su marido, también magistrado, quien profirió algunas palabras malsonantes contra mi persona ante distintos ciudadanos.

E/ En esta situación es cuando se produce la toma de decisión de la citada magistrado decidiendo, después de descartar la existencia de los delitos por los que se había presentado la acusación, proseguir la instrucción por si pudiera existir otro delito diferente.

3.- La imparcialidad del juez es un pilar del Estado de Derecho, y parece más que evidente que, a la fecha en que la magistrada en cuestión tomó la decisión de mantenerme bajo imputación con meras hipótesis sobre las que no sabemos si se quiere practicar nuevas pruebas, en ella no concurría la situación de imparcialidad objetiva que hay que reclamar a un magistrado en el ejercicio de sus funciones. Es por la gravedad de esta actuación por lo que se anunció el ejercicio de acciones que correspondan, entre ellas una denuncia al Consejo General del Poder Judicial por la comisión de una falta muy grave.

4.- La nota pública de la APM no solo se ha adoptado excediéndose claramente en sus funciones, y sin conocer los antecedentes en su totalidad, sino que mucho nos tememos que con ella han contaminado a sus asociados para la toma de decisiones en las secuelas judiciales que se producirán como consecuencia de esta decisión. Y es que no será difícil de entender mis reservas para que en adelante me juzguen los miembros de una asociación que ya se ha posicionado ante el caso concreto que motivó la crítica (hoy pendiente de un recurso de apelación) y que me acusa públicamente de cometer un grave atentado contra la independencia judicial.
 

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