Oleiros, 5 de febrero de 2013-. La Axencia para a Protección da Legalidade Urbanística pretende entrar en el domicilio del alcalde de Oleiros, Ángel García Seoane, para proceder a cumplimentar un requerimiento del Juzgado de Instrucción Número Cuatro en relación a una denuncia presentada por un individuo llamado Pablo Carrasco González y otros respecto al exceso de altura, acabado de cierres, ocupación de un camino peatonal y movimiento de tierras.
Este individuo es el mismo al que el Ayuntamiento de Oleiros le demolió en el año 2000 un inmueble por manifiesta infracción urbanística y posterior utilización del resto del inmueble que quedó en pié para uso como negocio relacionado con la prostitución. En este caso la actuación del Ayuntamiento de Oleiros fue abalada por el juzgado de 1ª Instancia Número Ocho de A Coruña. Además, este individuo es el mismo que en el año 1984 fue condenado por un delito relacionado con la prostitución en sentencia 249/84. Asimismo es el mismo que fue condenado a devolver a García Seoane los 6.180 euros de otra denuncia interpuesta por Carrasco contra el alcalde por derecho al honor y que en resolución de la Audiencia Provincial Sección Quinta fue revocada sin que hasta la fecha, ya hace casi tres años, se devolviera dicha cantidad al declarase insolvente. Sin embargo tiene dinero para abogados y procuradores para presentar denuncias inconsistentes contra el alcalde de Oleiros y diversos vecinos del municipio que actuaron como testigos en los múltiples pleitos presentados por este individuo en los tribunales.
En relación a su domicilio, cuyas obras fueron realizadas en 2004, el alcalde ha señalado que fueron objeto de intervención de distintos juzgados y de la Fiscalía que en su momento, y debido también a una denuncia de Pablo Carrasco y concejales de oposición, requirieron y analizaron todo tipo de licencias sobre la edificación en la finca de su propiedad. En los distintos fallos judiciales al respecto, en todos ellos, se resuelve que Ángel García Seoane no cometió ninguna infracción, y, aún así, a raíz de un error en un plano de delimitación de Costas se le obliga a tirar un pilar de la vivienda y como consecuencia de ello la fachada de la misma. Además, en relación a esta demolición, los tribunales acordaron que los importes de las multas interpuestas por la Xunta fueran devueltos al alcalde y el propio Consello Consultivo de Galicia señaló que se le deberían devolver los gastos ocasionados por esta obra.
En el requerimiento que el juzgado hace a la APLU, ésta se excede de lo solicitado procediendo a entrar en el domicilio para realizar un informe del que, con la documentación que consta en su poder a raíz del mencionado expediente de demolición, ya dispone. La APLU demandando este tipo de autorización podría incurrir en un posible delito de prevaricación administrativa. Asimismo, la sala de Contencioso-administrativo Nº4 en providencia 22/09/10 inadmite una denuncia presentada por el mismo individuo en relación a los mismos temas. A lo largo de ocho años y en relación con la casa de García Seoane, que debe ser una de las más judicializadas del país, han intervenido en diversas ocasiones 7 tribunales y la Fiscalía.